Cargos por retraso de renta en Carolina del Norte
Qué le puede cobrar su casero cuando la renta se atrasa, qué tan pronto se lo puede cobrar, y qué hacer con un cargo que la ley no permite.
Cargo máximo
El mayor entre $15 o 5 %
Periodo de gracia
5 días corridos
El límite
Según N.C. Gen. Stat. § 42-46, Para renta mensual, el cargo por retraso no puede pasar de $15 o del 5 % de la renta mensual, lo que sea mayor. Para renta semanal: $4 o el 5 % de la renta semanal. Solo se puede cobrar un cargo por cada pago atrasado, y el cargo no se puede descontar de la renta del mes siguiente de manera que ese pago quede corto. En las rentas subsidiadas (HUD, USDA, vivienda pública y similares), el cargo se calcula únicamente sobre la parte de la renta que le toca al inquilino.
Cuándo puede empezar el cargo
El cargo solo se puede cobrar cuando el pago de la renta lleva cinco días corridos o más de atraso, contando desde el día siguiente al vencimiento. La ley permite el cargo solo cuando “las partes lo acuerden” — sin acuerdo, no hay cargo.
Si le cobraron un cargo ilegal
Cualquier cláusula del contrato que contradiga la ley de cargos por retraso va contra el orden público de North Carolina y es nula — el casero no la puede hacer valer.
Cambios recientes
Las reformas de 2024–2025 ajustaron las subsecciones de cargos y honorarios ligadas a desalojos; los límites del cargo por retraso y el periodo de gracia no cambiaron.
¿Le cobraron un cargo que la ley no permite?
Conteste unas preguntas en español y le generamos una carta formal que cita N.C. Gen. Stat. § 42-46 y exactamente qué regla rompió su casero. Generarla y descargarla es gratis. También podemos enviarla por USPS Certified Mail, con el comprobante de entrega que sirve ante una corte.
La carta va en inglés, porque va dirigida a su casero. Todo lo demás está en español.
Disputar mi cargo por retrasoOtros problemas con su casero
El mismo casero, el mismo contrato, leyes distintas.
Preguntas comunes
- ¿Hay un límite para los cargos por retraso de renta en Carolina del Norte?
- Sí. Según N.C. Gen. Stat. § 42-46, Para renta mensual, el cargo por retraso no puede pasar de $15 o del 5 % de la renta mensual, lo que sea mayor. Para renta semanal: $4 o el 5 % de la renta semanal. Solo se puede cobrar un cargo por cada pago atrasado, y el cargo no se puede descontar de la renta del mes siguiente de manera que ese pago quede corto. En las rentas subsidiadas (HUD, USDA, vivienda pública y similares), el cargo se calcula únicamente sobre la parte de la renta que le toca al inquilino.
- ¿Mi casero puede cobrarme un cargo el mismo día que vence la renta en Carolina del Norte?
- No. El cargo solo se puede cobrar cuando el pago de la renta lleva cinco días corridos o más de atraso, contando desde el día siguiente al vencimiento.
- ¿Qué puedo hacer si mi casero me cobró un cargo por retraso ilegal en Carolina del Norte?
- Cualquier cláusula del contrato que contradiga la ley de cargos por retraso va contra el orden público de North Carolina y es nula — el casero no la puede hacer valer.
- ¿La carta va en español o en inglés?
- La carta va en inglés, porque va dirigida a su casero y puede terminar en una corte donde el idioma es el inglés. El formulario, las explicaciones y los correos que le mandamos están en español.
Verificado por última vez el August 14, 2026 contra el texto que publica la legislatura de Carolina del Norte: N.C. Gen. Stat. § 42-46. Información general, no asesoría legal. No somos un despacho de abogados.